martes, 9 de febrero de 2016

La filtración de los mensajes de Kate y “El Chapo” a la prensa podrían retrasar la extradición| Andrea Legarreta y Raúl Araiza: el “infomercial” impune

Algunas de las escuchas telefónicas realizadas por el Gobierno mexicano eran probablemente ilegales y pueden haber violado los derechos constitucionales de Del Castillo, según varios expertos entrevistados por The WorldPost de The Huffington Post…

En la imagen, Joaquín Guzmán Loera en el Hangar de la Marina antes de ser 
trasladado al penal del Altiplano. Foto: Cuartoscuro.

NuevaYork.– Desde que el narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera fue recapturado el mes pasado, las autoridades mexicanas han estado ansiosas de prolongar el drama. Lanzaron imágenes de la operación, así como el vídeo que muestra el momento en el que Guzmán secuestró un coche con el fin de escapar. Tal vez el intento más famoso es cuando se filtró una serie de mensajes de texto a tres bandas entre Guzmán, su abogado y la actriz Kate del Castillo.

Los textos permiten advertir los coqueteos de Guzmán con del Castillo, lo que ayudó a organizar una reunión entre el capo de la droga y el actor Sean Penn en octubre que el mismo Penn describiría más tarde en un controvertido artículo para la revista Rolling Stone. En los Estados Unidos, lo que la mayoría de las personas resaltó de esos mensajes de texto filtrados fue que antes de su reunión, Guzmán aparentemente no tenía idea de quién era Penn.

La lectura fue diversión pura. Pero algunas de las escuchas telefónicas realizadas por el Gobierno mexicano eran probablemente ilegales y pueden haber violado los derechos constitucionales de Del Castillo, según varios expertos entrevistados por The WorldPost de The Huffington Post… lo que que plantea dudas sobre si los funcionarios mexicanos se apegaron a los procedimientos en las investigaciones criminales aún cuando el país implementa una amplia reforma del sistema de justicia.

COMUNICACIONES PRIVADAS

El Artículo 16 de la Constitución mexicana protege la privacidad de las comunicaciones personales. Interceptar conversaciones telefónicas privadas, incluyendo mensajes de texto, requiere una orden de un juez federal que establece el propósito de la vigilancia y además establece que sólo durarán por un período de tiempo especificado.

Es difícil saber si el Gobierno mexicano obtuvo una resolución judicial para las escuchas telefónicas ligadas con el caso de Guzmán, porque en México, esa información está sellado mientras que el caso penal procede. Las autoridades mexicanas no han comentado sobre ellas de un modo o otro, a pesar de la insistencia de los medios nacionales. La oficina de la Procuradora General de Justicia de México se negó a discutir la cuestión de las escuchas telefónicas, señalando que el caso en contra de Guzmán permanece abierto.

Pero en la práctica, las autoridades mexicanas incumplen sistemáticamente las normas que rigen las escuchas telefónicas, de acuerdo con Mike Vigil, ex jefe de operaciones internacionales de la DEA que trabajó en México por 13 años.

“Si yo fuera un hombre de apuestas, apostaría mucho dinero a que esas intervenciones telefónicas fueron ejecuciones extrajudiciales”, dijo Vigil a The WorldPost en referencia a los textos filtrados a la prensa. “Cuando el Gobierno mexicano quiere a alguien como ‘El Chapo’ Guzmán, no le importa qué políticas son violadas. Cosas como éstas darán municiones a los abogados para frenar el proceso de extradición”.

Al mismo tiempo, Vigil dijo que las autoridades mexicanas en algunos casos tienen razones para evitar la búsqueda de una orden judicial para una intervención telefónica. Los carteles de la droga han tendido tantos hilos entre los funcionarios del gobierno que obtener una orden judicial formal para una intervención telefónica puede implicar el riesgo de alertar al objeto de la escucha, dijo Vigil.

Incluso si las autoridades sí obtuvieron una orden judicial para el espionaje, las conversaciones de Guzmán con su abogado, que se filtraron a la prensa, casi seguramente debieron permanecer protegidas. El Artículo 16 de la Constitución mexicana prohíbe la interceptación de las comunicaciones entre un sospechoso y su abogado.

“En efecto, existe el privilegio abogado-cliente en México”, dijo en un correo electrónico John Ackerman, profesor de derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). “Tanto el gobierno espiando al abogado como la publicación de los mensajes es una violación grave. Esto es todo un espectáculo mediático que pone en riesgo el caso”.

No está claro si el privilegio abogado-cliente podría proteger las comunicaciones entre Del Castillo y el abogado de Guzmán, ya que ella no le había contratado como su abogado. Del Castillo también envió un mensaje a Guzmán directamente.

En cualquier caso, Ernesto Villanueva, investigador jurídico de la UNAM, sospecha que las escuchas telefónicas sobre los textos de Del Castillo con el abogado de Guzmán fueron obtenidas ilegalmente, ya que ella, en ese momento [antes de que la PGR la citara como testigo] no es objeto de una investigación criminal. Incluso si se hubiera obtenido una orden judicial, Villanueva sostiene que entregar los textos a los medios de comunicación viola los derechos constitucionales de Del Castillo bajo el mismo artículo que restringe las escuchas telefónicas [el Artículo 16].

“La filtración de esos mensajes a los medios de comunicación es terriblemente ilegal e inconstitucional”, dijo Villanueva. “Debieron haber entregado esa información a la agencia apropiada, que es la oficina del la Procuradora General de la República, para que pudieran abrir una investigación. Y debería cerrar la investigación si no hay evidencia. Lo que hicieron fue exactamente lo contrario. Se puso en marcha una campaña de desprestigio internacional contra Kate [del Castillo] y, en cierto sentido, contra Sean Penn”.

La Procuradora General de la República Arely Gómez ha insinuado públicamente que Del Castillo podría haber blanqueado dinero de las drogas a través de una compañía de bebidas alcohólicas que promueve, Tequila Honor, pero el Gobierno mexicano no la ha acusado de un delito. Gómez dice que los fiscales quieren que la actriz testifique en el caso contra Guzmán. Del Castillo ha evitado hablar en público sobre su visita al capo de la droga.

IMPLICACIONES CRIMINALES

La filtración del Gobierno de México de la intervención telefónica, rápida y a la ligera, no va a hacer nada contra la detención de Guzmán, quien ya ha sido condenado y se enfrenta a nuevos cargos. Sin embargo, algunos observadores dicen que la aparente falta en el procedimiento arroja dudas sobre el progreso en el esfuerzo de una Reforma de la Justicia Penal de amplio alcance que México comenzó en 2008.

México tiene hasta el 18 de julio para poner en práctica los juicios orales para reemplazar el sistema anterior de los procedimientos a puerta cerrada, en la que se presenta la evidencia a un juez en gran parte por escrito. Junto a esta reforma, las autoridades mexicanas han intentado en los últimos años para profesionalizar las fuerzas policiales en gran medida mal pagados y mal entrenados para disminuir su vulnerabilidad a la corrupción.

Octavio Rodríguez, investigador jurídico de la Universidad de Justicia de San Diego en el proyecto de México, señaló que la vigilancia de los ciudadanos privados por los servicios de inteligencia de México estaría fuera del alcance de la reforma de la justicia, ya que no es parte de una investigación criminal. Rodríguez señaló que las agencias de inteligencia comúnmente espiar al público en otros países, citando las recientes controversias en los Estados Unidos sobre la vigilancia de los ciudadanos privados de la Agencia Nacional de Seguridad.

Pero Rodríguez también advirtió que la obtención de pruebas a través de la vigilancia ilegal podría debilitar y socavar los procesamientos movimiento del país hacia la reforma judicial.

“Es interesante ver cómo viejas prácticas en México aún están presentes en nuestros días a pesar de todos los cambios revolucionarios en nuestro sistema legal”, dijo Rodríguez a El WorldPost. “Si esas pruebas se presentaron en un caso criminal, un juez podría descartarlo … La suposición es que [Guzmán] es un criminal, así que está bien. Pero eso significa que podrían hacer que para todo el mundo. Es completamente en contra de lo que la reforma de 2008 fue aprobado para “.

Andrea Legarreta y Raúl Araiza: el “infomercial” impune

Los comentarios de los conductores Andrea Legarreta y Raúl Araiza acerca del impacto de la devaluación del peso frente al dólar en la economía familiar causaron revuelo en las redes sociales; éstas provocaron primero el enojo y, después, la preocupación de la conductora, que también aprovechó las redes para manifestarlos; pero hasta el momento (al menos por lo que se conoce públicamente) el hecho no ha merecido la menor atención del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), entidad responsable, conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), de “vigilar y sancionar las obligaciones en materia de defensa de las audiencias”.

La reforma constitucional del artículo 6, realizada en junio de 2013, prohibió “la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”, y la LFTR, promulgada en julio de 2014, establece que uno de los derechos de las audiencias es “que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”, con lo cual precisa que la distinción no es exclusiva de los programas de noticias, debate o análisis, sino también de los de revista, espectáculos, entretenimiento y demás. A su vez, el artículo 216 de la misma legislación señala que es atribución del IFT vigilar y sancionar las violaciones en la materia.

El comentario externado en el programa matutino Hoy, del Canal 2 de Televisa, indignó a numerosos televidentes porque se aprovechaba el rating de la emisión y la popularidad de los conductores para tratar de influir en la opinión pública respecto de un tema que, además, desconocen. A pesar de su desconocimiento, los conductores sostuvieron en forma categórica que el encarecimiento del dólar no sólo no provocaría impactos negativos sobre la economía familiar, sino que habría efectos positivos.

Araiza sentenció: “El efecto del dólar no afecta negativamente nuestra economía familiar”. Legarreta dijo segundos antes: “No porque suba el dólar sube el precio de todo lo que las familias consumimos. ¿Quiere saber por qué?… Nuestra economía vende productos a todo el mundo y entonces se vuelve más competitiva; entonces vende más barato a otros países y esto genera más empleos”.

Es obvio que los conductores pretendían transmitir la idea de que la devaluación del peso tendría efectos positivos para la economía mexicana, lo que desató el enojo de los televidentes y las burlas de los cibernautas. Molesta por ello, Legarreta tuiteó en su defensa, y al hacerlo se hundió aún más, pero sobre todo hundió a su patrona Televisa: “A ver… Les platico que en un programa de televisión, los contenidos, menciones y secciones NO LOS ESCRIBIMOS los conductores…Y por lo tanto no todo son opiniones personales…Cualquier comentario escriban a la producción de @programa…hoy.”

El mensaje de la conductora evidencia que las palabras de ella y de Araiza no eran sus opiniones personales, sino propaganda disfrazada de un comentario personal con la clara intención de influir en la opinión pública nacional en un sentido que favorece al gobierno mexicano; es lo que en televisión se conoce como “infomercial”, es decir, publicidad encubierta o subrepticia para potenciar su impacto.

El perfil de la audiencia del programa matutino de entretenimiento permite que el comentario aparentemente casual e improvisado de dos conductores con una amplia aceptación en ese público tenga un efecto mucho mayor que un spot publicitario o inclusive una entrevista con el presidente, el secretario de Hacienda o el gobernador del Banco de México.

Exactamente lo mismo se buscó la noche del 28 de junio de 2006, unas horas antes de que iniciara la veda electoral para las elecciones presidenciales de ese año, cuando en uno de los diálogos de la telenovela La fea más bella, que se transmitía de lunes a viernes por el mismo Canal 2, Paco Gordolobo Muñoz (interpretado por el actor José Luis Cordero, Pocholo) le dijo al policía Celso Durán (interpretado por Erik Guecha): “Hay que votar por el presidente del empleo”, una de las frases de campaña del entonces candidato panista a la presidencia Felipe Calderón. De acuerdo con un artículo de Raúl Trejo Delarbre, la productora de la telenovela, Rosy Ocampo, aceptó que la mención fue el resultado “de la plataforma comercial que maneja la empresa”.

Uno de los propósitos de la reforma constitucional y legal ya mencionada es precisamente evitar la transmisión de publicidad subrepticia, pues ésta vulnera el derecho de las audiencias a diferenciar claramente lo que es propaganda y lo que es el contenido propio del programa. Por ello estableció las salvaguardas en la Constitución y la ley, así como la atribución del IFT para vigilar y sancionar la violación a las mismas.

La redacción del artículo 216 de la LFTR no deja lugar a dudas en el sentido de que es una obligación del IFT observar, atenta y cuidadosamente, las emisiones de radio y televisión, y cuando detecte algún indicio de violación a las normas, proceder a la integración de un expediente y, en su caso, sancionar dicha conducta.

El IFT debe verificar que las televisoras y radiodifusoras actúen conforme a la normatividad vigente y, en caso de que la violen, abrir una investigación y proceder a la sanción. El verbo vigilar lo obliga a ser proactivo y no pasivo. No requiere una denuncia, sino que tiene la obligación de actuar de oficio.

El diálogo ya referido y el tuit de la conductora son indicios suficientes para inferir que se trata de propaganda disfrazada de comentario casual y, por lo tanto, el IFT ya debía haber iniciado la integración del expediente que permita establecer si la transmisión reúne los elementos para considerarla publicidad o propaganda disfrazada o subrepticia; identificar quién solicitó su difusión y si pagó o no por ello, sin que esto último sea un elemento indispensable para considerarla o no publicidad o propaganda.

Además de la obligación de integrar el expediente respectivo, el IFT debe emitir el dictamen correspondiente y, en su caso, imponer sanción. De no hacerlo incumplirá con sus atribuciones legales.




Fuente: Sin Embargo| Por Roque Planas| Proceso|  JESÚS CANTÚ